miércoles, 9 de septiembre de 2009

PONENCIA EN APOYO A LA PROVINCIALIZACIÓN DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

"BALANCES Y PERSPECTIVAS DE DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN DE LURIGANCHO"

Por:
CÉSAR ZUMAETA FLORES

Lima, agosto 2009

i. Consideraciones Preliminares
Desde su creación, el distrito de San Juan de Lurigancho mediante Ley 16382 del 13 de enero de 1967, ha mostrado un gran potencial para desarrollar fuerzas productivas y de crecimiento económico, producto del dinamismo de su población y que ha progresado comunitariamente sobre la base del trabajo honesto, comunitario y espíritu emprendedor de sus habitantes.
San Juan de Lurigancho ya debe estar llegando al millón de habitantes, conforme a la tasa de crecimiento que muestran los diversos censos oficiales, especialmente, de los años 2005 y 2007.
Con ello, SJL contiene al 11,8% de la población de Lima y su volumen poblacional es cercano o mayor a departamentos como Amazonas, Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Moquegua, etc.
Actualmente, las provincias del departamento de Lima son: Barranca, Cajatambo, Canta, Cañete, Huaral, Huarochiri, Huaura, Lima, Oyon y Yauyos.
Actualmente, SJL esta dividido en 8 zonas y 27 comunidades. Las urbanizaciones y localidades más representativas del distrito son: Huáscar, Mangomarca, Inca Manco Capac (Manco Inca), Zárate, Las Flores de Lima , Cooperativa Las Flores, Chacarilla, Canto Grande, Canto Rey, Mariscal Cáceres, J. C. Mariátegui, Motupe, Caja de Agua, Huayrona, Campoy, Casablanca, Montenegro, Sauces, Villa Flores, Huanta, San Hilarión, Santa María, San Ignacio, San Silvestre y Bayóvar.
De convertirse en Provincia SJL, tiene que crearse necesariamente DISTRITOS para que sustenten su división política y den mayor dinamismo a su administración. La formula legal de la Dirección de Demarcación Territorial de la PCM propone la creación de cuatro (4) distritos: Zarate (distrito Cercado), Los Jazmines, Los Nogales y Villa San Antonio, propuesta que será debatida cuando el tema sea aprobado por el Poder Ejecutivo y enviado al Congreso de la República en su debido momento.
Con estas consideraciones y atendiendo a las áreas de desarrollo que ha tenido SJL en los últimos años, podemos esbozar que sus perspectivas de desarrollo al convertirse en provincia son reales y deben centrarse en 3 grandes acciones, además de asumir eficazmente las competencias que le señala la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 27972), en el caso de convertirse en provincia.

ii. Perspectivas de desarrollo
Las perspectivas de desarrollo, en nuestra opinión, para la provincia de SJL se consolidarán en:

Promoción y desarrollo de zonas comerciales y MYPES
Promoción y consolidación de la actividad TURÍSTICA
Eficacia y eficiencia en el uso de los recursos presupuestarios, FONCOMUN y otros que perciba la nueva provincia.
Dado que SJL es netamente urbana, sus posibilidades de acceder a mayores recursos sobre la base de concesiones por explotación de recursos naturales (canon) son pocas o nulas se hace necesario que las autoridades locales estén a la altura del desafío de administrar una circunscripción provincial de forma eficiente.

iii. Economía y Comercio
Las actividades socio-económicas han elevado el dinamismo de San Juan de Lurigancho y lo han consolidado como un distrito progresista, en el cual se han enclavado pequeñas y medianas empresas, compuestas por actividades de comercios, servicios e industrias de transformación de los insumos provenientes de cadenas productivas que generan valor agregado a actividades complementarias.
Actualmente, un claro ejemplo de progreso de la nueva clase media limeña se puede observar en zonas urbanizadas como Las Flores de Lima, Mangomarca, Zárate, San Silvestre, Villaflores, Canto Grande y demas urbanizaciones mientras que la pobreza distintivamente se ubica casi en su totalidad en las zonas altas y perimétricas (cerros que bordean el distrito y son limites distritales).
Las MYPES tienen y tendrán, en el desarrollo de la provincia de SJL, un rol esencial para crear empleo para los propios habitantes del distrito y dejar de convertir a SJL en una ciudad-dormitorio. Según datos del 2003 (Municipalidad de San Juan de Lurigancho) el distrito tenía 13, 613 MYPES.
La estructura económica está compuesta primordialmente por la industria de los textiles, confecciones, muebles y calzado, existiendo en el distrito un promedio de 1,225 fábricas.
En cuanto a industrias, en SJL se encuentran ubicados empresas que actualmente exportan como son Topy Top S.A, Hilandería de Algodón Peruano S.A y Filasur S.A dedicadas a la actividad de textiles y confecciones, Topy Top, Kansas, Pieers y Custer; Cerámica Lima S.A que tiene como actividad la minería no tradicional, Exportatimo S.A.C dedicada a la fabricación de muebles tipo artesanal e Hidrostal S.A dedica a la actividad metalmecánica, llegando SJL a exportar aproximadamente 109’816,170 millones de dólares al año 2004.
Según la información de la SUNAT (año 2003), en San Juan de Lurigancho se ha registrado un total de 95,466 contribuyentes, convirtiéndolo en un distrito de grandes oportunidades, con una alta concentración de MYPES en las ramas productivas de industria, servicio y comercio.

En promedio, SJL tiene una capacidad exportadora de 130 millones de dólares anuales, cifra similar a toda la región Lambayeque, lo que demuestra su gran potencial para explotar cuando se consolide como provincia.
La inversión en el sector Retail ya comenzó a incursionar debido a la fuerte demanda de los habitantes de SJL. Además los créditos directos en el distrito son de S/. 240 millones, cifra mayor a la registrada en Los Olivos y Villa El Salvador con S/. 169 millones y S/. 84 millones respectivamente según cifras de la SBS (nov 2007) y existen depósitos de ahorro por más de S/. 170 millones, con depósitos a la vista por S/. 47 millones.
Actualmente existen locales en SJL de comida como Rústica, El Padrino, McDonald's, Domino's Pizza, Roky's, Norky's.
Locales Financieros como los bancos Scotiabank, Interbank, Banco de la Nacion, Ripley, Falabella, Continental, Crédito, Financiero.
Locales de Tiendas y grandes almacenes como Supermercado Candy, Plaza Vea (cadenas peruanas), Pieers Oulet, Hipermercado Metro, Mayorsa, Elektra, Curazao, Carsa, Ripley.

Asimismo debemos recordar que la V Cumbre de América Latina, El Caribe y la Unión Europea (ALC-UE) permitió que en 2008 las MYPES de San Juan de Lurigancho dieran a conocer sus productos para al exportación. Más de dos mil MYPES de los rubros artesanía y textilería.

iv. Actividad Turística
SJL debe potenciar en caso se convierta en Provincia, sus atractivos turísticos, aprovechando su cercanía al centro histórico de Lima Metropolitana.
Tiene como oferta turística los siguientes:
Geoglifos de Canto Grande (Figuras con piedras sobre la tierra donde ejecutaban posiblemente danzas o competencias a modo de rituales. Estas líneas son 2000 años más antiguas que las de Nasca).
Huaca de Mangomarca (Fue uno de los centros políticos más importantes de la margen derecha del valle bajo del Rímac. Esta es la capital del curacazgo Lurigancho, lugar de residencia de los señores que gobernaron este territorio).
Fortaleza de Campoy – Huaca (Fue un centro administrativo que le seguía en importancia a Mangomarca, dentro de sus altos muros vivía la elite que controlaba esta zona)
Pirámide de Nievería (Patrimonio cultural legado de la cultura lima, ubicado en la zona arqueológica de cajarmarquilla en el valle del Rimac).
Huaca de Canto Chico (Actualmente la Huaca de Canto Chico se encuentra en parte restaurada por los pobladores de Residencial Kawachi que viven a sus alrededores, a quienes se les confió el cuidado por la INC).
Los recursos que obtenga la provincia de SJL deberán ser destinados en gran medida a poner en valor dichos patrimonios, además de otras zonas ecológicas que, actualmente, están por desaparecer como, por ejemplo, las lomas de Mangomarca (extensa zona que se cubre de un verdor natural durante los meses de invierno, lamentablemente sin un adecuado proyecto de reforestación, protección y delimitación esta área verde natural podría desaparecer).
Conforme al artículo 91º de la LOM (ley 27972), las municipalidades provinciales, en coordinación con el Instituto Nacional de Cultura o a su solicitud, pueden establecer limitaciones especiales por la necesidad de conservación de zonas monumentales y de edificios declarados monumentos históricos o artísticos.

v. Funciones como municipalidad provincial
Conforme la Ley 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades) en su artículo 73º el rol de las municipalidades provinciales comprende:
(a) Planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, recogiendo las prioridades propuestas en los procesos de planeación de desarrollo local de carácter distrital.
(b) Los planes referidos a la organización del espacio físico y uso del suelo que emitan las municipalidades distritales deberán sujetarse a los planes y las normas municipales provinciales generales sobre la materia.
(c) Promover, apoyar y ejecutar proyectos de inversión y servicios públicos municipales que presenten, objetivamente, externalidades o economías de escala de ámbito provincial; para cuyo efecto, suscriben los convenios pertinentes con las respectivas municipalidades distritales.
(d) Emitir las normas técnicas generales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo así como sobre protección y conservación del ambiente.
Asimismo, conforme al artículo 79º, 80º, 81º, 83º, 84º, 85º, 86º de la Ley 27972, SJL de ser provincia tendrían las funciones específicas exclusivas en:
Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental.
Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial.
Pronunciarse respecto de las acciones de demarcación territorial en la provincia.
Aprobar la regulación provincial respecto del otorgamiento de licencias y las labores de control y fiscalización de las municipalidades distritales en las materias reguladas por los planes de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano. (Otorgamiento de licencias de construcción, remodelación o demolición, Elaboración y mantenimiento del catastro urbano y rural, Reconocimiento, verificación, titulación y saneamiento físico legal de asentamientos humanos).
Autorizaciones para ubicación de anuncios y avisos publicitarios y propaganda política.
Fiscalizar el cumplimiento de los Planes y normas provinciales sobre la materia, señalando las infracciones y estableciendo las sanciones correspondientes.
Diseñar y ejecutar planes de renovación urbana.
Como función compartida con el gobierno regional, las municipalidades provinciales pueden ejecutar directamente o concesionar la ejecución de las obras de infraestructura urbana o rural de carácter multidistrital que sean indispensables para la producción, el comercio, el transporte y la comunicación de la provincia, tales como corredores viales, vías troncales, puentes, parques, parques industriales, embarcaderos, terminales terrestres, y otras similares, en coordinación con las municipalidades distritales o provinciales contiguas; de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Desarrollo Regional.
En materia de saneamiento, salubridad y salud:
Regular y controlar el proceso de disposición final de desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito provincial.
Regular y controlar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente.
En materia de tránsito, vialidad y transporte público
Normar, regular y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial.
Normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia.
Normar, regular, organizar y mantener los sistemas de señalización y semáforos y regular el tránsito urbano de peatones y vehículos.
Normar y regular el transporte público y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, así como regular el transporte de carga e identificar las vías y rutas establecidas para tal objeto.
Promover la construcción de terminales terrestres y regular su funcionamiento.
Normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos, y otros de similar naturaleza.
Otorgar autorizaciones y concesiones para la prestación del servicio público de transporte provincial de personas en su jurisdicción.
Otorgar certificado de compatibilidad de uso, licencia de construcción, certificado de conformidad de obra, licencia de funcionamiento y certificado de habilitación técnica a los terminales terrestres y estaciones de ruta del servicio de transporte provincial de personas de su competencia, según corresponda.
Supervisar el servicio público de transporte urbano de su jurisdicción, mediante la supervisión, detección de infracciones, imposición de sanciones y ejecución de ellas por incumplimiento de las normas o disposiciones que regulan dicho servicio, con el apoyo de la Policía Nacional asignada al control de tránsito.
Instalar, mantener y renovar los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción, de conformidad con el reglamento nacional respectivo.

En materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios
Regular las normas respecto del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas nacionales sobre la materia.
Establecer las normas respecto del comercio ambulatorio.
En materia de programas sociales, defensa y promoción de derechos
Planificar y promover el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales, de manera concertada con las municipalidades distritales de su jurisdicción.
Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de niños y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores. Así como de los derechos humanos en general, manteniendo un registro actualizado.
Regular las acciones de las Defensorías Municipales de los Niños y Adolescentes, DEMUNA, adecuando las normas nacionales a la realidad local.
Ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demás programas de apoyo alimentario con participación de la población y en concordancia con la legislación sobre la materia, cuando la municipalidad distrital no pueda asumir dicha función.
Establecer canales de comunicación y cooperación entre los vecinos y los programas sociales.
Contar con un registro actualizado de organizaciones juveniles de la provincia, así como de su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del gobierno local.
Crear una oficina de protección, participación y organización de los vecinos con discapacidad, como un programa dependiente de la Dirección de Servicios Sociales.

En materia de seguridad ciudadana
Establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional, y normar el establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares, de nivel distrital o del de centros poblados en la jurisdicción provincial, de acuerdo a ley.
Ejercer la labor de coordinación para las tareas de defensa civil en la provincia, con sujeción a las normas establecidas en lo que respecta a los Comités de Defensa Civil Provinciales.
En materia de Promoción del Desarrollo Económico Local
Diseñar un plan estratégico de desarrollo económico local sostenible y un plan operativo anual, e implementarlos en función de los recursos disponibles y de las necesidades de la actividad empresarial de la provincia, según diagnóstico económico de su jurisdicción.
Flexibilizar y simplificar los procedimientos de obtención de licencias y permisos en el ámbito de su jurisdicción, sin obviar las normas técnicas de seguridad.
Mantener un registro de las empresas que operan en su jurisdicción y cuentan con licencia municipal de funcionamiento, definitiva o provisional, consignando expresamente el cumplimiento o incumplimiento de las normas técnicas de seguridad.
Concertar con el sector público y el privado la elaboración y ejecución de programas de apoyo al desarrollo económico local sostenible en su espacio territorial.
vi. Mayor capacidad administrativa para disponer y distribuir el FONCOMUN asignado como provincia
La municipalidad de San Juan de Lurigancho se encuentra tercera en la lista de municipios que recibieron mayor monto del Foncomún asignado al primer semestre del 2009 con 18 millones. De convertirse en Provincia, es previsible que esta suma aumente considerablemente.
La lista de los municipios que reciben los mayores montos del Foncomun asignado al primer semestre del 2009, la encabeza la Municipalidad Provincial de Lima, con más de 38 millones de nuevos soles. Le siguen la Municipalidad Provincial de Piura (20 millones) y la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho (18 millones).
Según el Ministerio de Economía y Finanzas, el 23% del presupuesto de las municipalidades del país se financia con el Foncomun, lo que demuestra que dicho fondo cumple un papel muy importante, y será aún más si se establece condiciones atadas al cumplimiento de metas y eficiencia en la gestión, como vienen trabajando ya algunos municipios.
Foncomun ha crecido en 87% en los últimos seis años, y en el 2009 su monto total ascendería a S/. 3,350 millones de nuevos soles, cifra que representa un incremento solo del 3% con respecto al 2008. Sin embargo, cabe resaltar aquí las declaraciones del Presidente García del 22 de agosto de 2009 respecto a que el Gobierno prevé aumentar el Fondo de Compensación Municipal (Foncomun) de 2 a 4 por ciento para el año 2010.
Siguiendo con esta política permanente de apoyo, el 17 de julio de 2009 el Presidente Alan García entregó los cheques por concepto de devolución de fondos por detracciones al Fondo de Compensación Municipal (Foncomún). A la Municipalidad de San Juan de Lurigancho le correspondió la suma de 6 millones 222 mil 836.52 nuevos soles.
vii. Mayor acción política de autoridades en decisiones regionales y en denuncias jurisdiccionales
El Alcalde Provincial de SJL, conforme al artículo 191º de la Constitución Política y artículo 11-A de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley 27867, tendría derecho a integrar el Consejo de Coordinación Regional.
Asimismo, conforme al artículo 203º numeral 6 de la Constitución Política, el Alcalde Provincial de SJL estaría facultado para interponer acción de inconstitucionalidad con acuerdo de su Concejo, en materias de su competencia.
Por último, el jueves 03 de setiembre fue aprobada, en segunda votación, el dictamen del proyecto de ley de creación del DISTRITO ELECTORAL DE LIMA PROVINCIAS. Esta modificación es muy importante para San Juan de Lurigancho, pues con ello las posibilidades de que la futura PROVINCIA DE SJL cuente con un representante en el Congreso de la República se hacen más reales si consideramos su población electoral.
En efecto, la creación del distrito electoral de Lima provincias, permitirá a los ciudadanos de las provincias del departamento de Lima, tener representación en el Congreso de la República.

vi. Retos para la provincia de San Juan de Lurigancho
Debe revertir su condición de ser, aparte de uno de los distritos más grande y poblado del país, también de ser uno de los más pobres. La pobreza se estima en 24% aproximadamente y lo convierte en el distrito con mayor número de pobres en Lima, en relación a otros, pero a la vez es el que posee mayor cantidad de personas menos pobres con un estimado de 76%.
En la actualidad a San Juan de Lurigancho se le considera como uno de los distritos con alto índice de problemas sociales y de infraestructura por resolver.
La población de San Juan de Lurigancho presenta bajos niveles de instrucción, sólo el 26.59% de la población alcanza la educación primaria y el 47.08% la educación secundaria; el acceso a la educación superior no universitaria esta en un 10.21% y el de educación universitaria 9.19% de la población.

viii. Conclusiones:
Con la fuerza poblacional y las cifras de crecimiento productivo y de emprendedores es que San Juan de Lurigancho ha alcanzado el dinamismo que lo califica como un distrito progresista que debe elevarse a PROVINCIA para impulsar su crecimiento.
De convertirse SJL en provincia sería el más inmediato y cercano a Lima Metropolitana, situación que le brindaría una fortaleza para que, con sus nuevos recursos presupuestales y calidad de provincia, pueda incrementar las energías para el impulso de sus MYPES, comercio exterior y oferta de bienes turísticos o con valor agregado.
San Juan de Lurigancho es un pueblo pujante y con una visión de desarrollo que lo alienta en convertirse en el primer polo de desarrollo empresarial, turístico y cultural de la gran metrópoli, situación que se impulsaría con su elevación a provincia.

Muchas Gracias.
(evento realizado el domingo 6 de setiembre de 2009 en el distrito de San Juan de Lurigancho)

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