martes, 29 de septiembre de 2009

MOCION DE SALUDO PARA LA PROVINCIA DE BARRANCA

Mediante MOCION DE SALUDO 8436, presentado el 23 de setiembre de 2009, el Congresista César Zumaeta Flores expresó sus saludos y congratulaciones a la Provincia de Barranca por celebrar su XXV Aniversario de Creación Política.
Considerando:
Que, la Provincia de Barranca celebra su XXV aniversario de creación política en "Bodas de Plata", cuyas actividades se realizarán en la Plaza de Armas de dicha ciudad el 05 de octubre de 2009.
Que, Barranca se encuentra ubicado en la Región Costa Central del Perú al Norte del Departamento de Lima, a 175 Kilómetro de distancia de la Capital de la República.
Que, la Provincia de Barranca tiene una extensión de 1,355,87 kilómetros cuadrados y está dividida en cinco distritos: Barranca, Paramonga, Pativilca, Supe y Supe Puerto, y cuenta con importantes atractivos turísticos como la fortaleza de Paramonga, la ciudadela de Caral, así como de sus hermosas playas.
Que, por lo expuesto;

Acuerda:
PRIMERO.- Saludar y felicitar a la Provincia de Barranca con motivo de celebrar su XXV Aniversario de creación política, ocurrido un 05 de octubre de 1984.
SEGUNDO.- Remitir el presente saludo al Señor Alcalde Provincial de Barranca, Dr. Romel Ullilen Vega, a su Concejo Municipal en pleno, y por su intermedio, a todos los funcionarios públicos, empresarios, autoridades eclesiásticas y ciudadanos de tan importante y hermosa Provincia.
Lima, setiembre de 2009

lunes, 21 de septiembre de 2009

Presidente de Gobierno Regional de Lima provincias agradece apoyo

Con motivo del debate y aprobación del dictamen de la LEY DE CREACION DEL DISTRITO ELECTORAL DE LIMA PROVINCAS por el Pleno del Congreso de la República del 03 de setiembre de 2009, el Presidente Regional de Lima Provincias Ing. Nelson Chui Mejia, mediante Oficio ultiple 029-2009/GRL/PRES, expresó su agradecimiento al Congresista César Zumaeta Flores por su apoyo en la votación de tan importante Ley, que "constituye un acontecimiento histórico para nuestros pueblos, porque en adelante permitirá articular esfuerzos a favor del desarrollo regional y el bienestar de sus habitantes".

jueves, 17 de septiembre de 2009

LEY DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS TUGURIZADOS

Con el respaldo y voto a favor del congresista César Zumaeta, hoy 17 de setiembre de 2009 fue aprobado en allanamiento a las observaciones del Poder Ejecutivo la LEY DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS TUGURIZADOS CON FINES DE RENOVACIÓN URBANA (conocida como la ley de desprecarización y destugurización de predios).

Esta Ley permitirá que grandes poblaciones del centro histórico de Lima y otras ciudades históricas del país, así como de conocidos distritos como el Rímac, La Victoria, Cercado de Lima, zonas de Barrios Altos podrán acceder al saneamiento físico legal de la propiedad que habitan así como a las remodelaciones necesarias que pedian hace años para destugurizar sus viviendas y ponerlas en valor para seguridad de sus propias vidas.

Cabe agregar que esta Ley es el esfuerzo continuo de trabajo desarrollado desde que el Congresista Zumaeta empezó esta Ley cuando era Presidente de la Comisión de Vivienda y Construcción del Congreso en la Legislatura 2006-2007.

En general, las bondades de la nueva ley son que declara de necesidad pública el proceso de saneamiento físico legal de predios tugurizados con fines de renovación urbana en el ámbito nacional, para ello se reglamentará un proceso de dos etapas: (1) Etapa de Saneamiento Legal de Predios Tugurizados, y (2) Etapa de Saneamiento Físico de Predios Tugurizados.

Estos procesos tiene como objetivo la puesta en valor de los inmuebles saneados legal y físicamente para su remodelación y destugurización, con la finalidad de mejorar las condiciones de vida de los habitantes de dichas viviendas.

Finalidad primoridal de esta ley es la regularización o formalización de la propiedad que permitirá una correcta identificación del predio y su propietario. Las entidades que intervienen en el proceso de saneamiento físico y legal y proceso integral de renovación urbana son: a) Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; b) Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN); c) Gobiernos regionales; d) Municipalidades distritales; e) Municipalidades provinciales; f) Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; g) Instituto Nacional de Cultura (INC); h) Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci); i) Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri); j) Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) contribuye al saneamiento legal de las áreas de tratamiento sujetas a dicho proceso.

Las municipalidades distritales efectúan el empadronamiento y calificación de los predios de su jurisdicción susceptibles del proceso de saneamiento legal que señala la Ley. La información es remitida a la municipalidad provincial respectiva mediante expedientes técnicos, informes, actos administrativos y toda la documentación para el inicio del procedimiento de saneamiento legal (Declaración administrativa de abandono o Declaración de prescripción adquisitiva administrativa).

La DECLARACIÓN ADMINISTRATIVA DE ABANDONO extingue la propiedad, el mismo que se materializa mediante acto administrativo a cargo de las municipalidades provinciales; el plazo de abandono se computa a partir de la fecha estimada de inicio del deterioro físico del predio por falta de mantenimiento sustancial de sus estructuras principales. La comprobación se realiza mediante peritaje técnico que incluye pruebas fehacientes de sus conclusiones.

El titular de la propiedad declarada en abandono puede acudir al arbitraje dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles para cuestionar el peritaje o la compensación. En caso de que no acuda al arbitraje, se entiende que ha aceptado el peritaje técnico o la compensación. Se reconoce una compensación a favor de los titulares de la propiedad apersonados al procedimiento administrativo de declaratoria de abandono, siempre que demuestren fehacientemente la titularidad sobre el predio. La compensación es valorizada mediante una tasación sobre la base de precios del mercado establecida por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, de conformidad con el Reglamento Nacional de Tasaciones. El pago o la consignación de la compensación es de cargo de la asociación de vivienda beneficiaria y se produce en un plazo no mayor de noventa (90) días de establecido por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y notificada al titular de la propiedad.
El pago de la compensación se entiende efectuado válidamente por la vía de la consignación judicial cuando existe duplicidad registral, total o parcial, o procesos judiciales en los que se discuta la titularidad del bien, o cuando el titular de la propiedad cuestione el valor de la compensación.

La resolución municipal que declara el abandono constituye cosa decidida, extinguiendo el dominio anterior y dispone la transferencia a favor de la municipalidad provincial, la que esta obligada a transferir el predio a los poseedores calificados o miembros de la asociación de vivienda quienes deben estar organizados y haber suscrito el compromiso con dicha comuna de ejecutar el plan de renovación, puesta en valor, rehabilitación u otra intervención urbanística que corresponda realizar sobre el predio.

La transferencia no se efectúa hasta que los poseedores beneficiarios cumplan con dichos requisitos.

Otra forma de adquirir la propiedad del bien sujeto a destugurización es la prescripción adquisitiva, disponiéndose la transferencia de la propiedad por razones de transcurso del tiempo en la posesión del bien.

El saneamiento físico del bien (destugurización y puesta en valor) busca modificar el estado de tugurización, hacinamiento y las demás condiciones de inhabitabilidad de los inmuebles tugurizados, preservando el ornato, la monumentalidad, el medio ambiente y el plan de desarrollo urbano de la ciudad.

Para la ley aprobada son predios tugurizados las edificaciones que presenten una vulnerabilidad física alta o muy alta según los criterios establecidos por el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), las edificaciones que no se ajuste a las normas de edificación y que atenten contra la vida y la salud de los moradores y vecinos por hacinamiento humano, grave afectación de las paredes y estructuras principales a consecuencia de la humedad u otros agentes bacteriológicos; que cuenten con servicios básicos insalubres y ambientes para funciones incompatibles entre sí, según las normas técnicas aprobadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y las normas contenidas en las leyes de sanidad vigentes, que carezca de ventilación e iluminación natural o artificial o que cuenten con ellas, pero de modo inadecuado.

Para solucionar esta tugurización se establecerán programas de renovación urbana de predios tugurizados, que comprende el desarrollo y ejecución de obras a través de proyectos inmobiliarios y de infraestructura, con la finalidad de eliminar la tugurización, hacinamiento y demás situaciones de inhabitabilidad, así como preservar el ornato de la ciudad, su monumentalidad y el medio ambiente. Son aprobados por las municipalidades provinciales, la que a su vez establece sanciones tales como multa, clausura temporal o definitiva u otras, contra los propietarios que no realicen los proyectos inmobiliarios sobre sus predios declarados tugurizados, dentro de los seis (6) meses de notificados con la resolución administrativa respectiva.

La clausura definitiva procede en caso de severo deterioro físico con riesgo inminente de colapso. Asimismo, procede la expropiación con fines de renovación urbana en aquellos casos donde los propietarios no acepten someter sus predios a programas de renovación urbana.

jueves, 10 de septiembre de 2009

Congresista Zumaeta exige a Ministro Sánchez garantizar la demanda interna del gas

El congresista aprista César Zumaeta afirmó que el ministro de Energía, Pedro Sánchez, debe garantizar la demanda interna de gas natural en el país como lo anunció el presidente Alan García en su mensaje al país por 28 de julio.

“Hay que partir de una base que es muy sólida y clara, el presidente Alan García en 28 de julio dijo que primero se va a garantizar el abastecimiento del mercado interno en cuanto al uso del gas, y si hay un remanente o un saldo eso se tendrá que vender y negociar al exterior, pero lo primero es el mercado interno y en esa línea debe ser la sustentación del ministro de Energía y Minas” dijo el legislador aprista al comentar el pedido de interpelación que será analizado hoy en el pleno del Congreso.

Zumaeta Flores señaló que el titular de Energía debe aclarar a la representación nacional las últimas negociaciones con el consorcio Camisea por el gas natural, sobre todo las adendas para postergar la exportación hasta el 2015

“Habrá que ver qué tipo de escenario está viendo él, supongo que como se anuncia la posibilidad de que haya nuevos hallazgos, consecuentemente el nivel de reservas probadas se va a incrementar, dice que será cinco años, no tengo el razonamiento, el ministro debe aclarar por qué es cinco o no diez años”, dijo.

Al ser consultado si la bancada aprista respalda la actuación del ministro de Energía, Zumaeta Flores afirmó que respaldan la postura anunciada por el jefe de Estado en este tema tal como lo anunció en su mensaje al país por 28 de julio.

“Nosotros respaldamos la política energética del gobierno en el tema del gas, estamos de acuerdo con lo que señala el presidente de la República para garantizar la demanda interna, porque de esa manera los agentes económicos van a consumir un tipo de energía que es más barata y menos contaminante, en esa política se inscribe la postura de la Célula Parlamentaria Aprista y no creo que el ministro deba estar alejado de esto”, anotó.

Finalmente, el legislador aprista señaló que Sánchez Gamarra no debe esperar una moción de interpelación para explicar el tema del gas en el Parlamento Nacional, sino que de “motu proprio” debe aclarar este tema para despejar todas las dudas.
(Diario LA RAZON del 10 de setiembre de 2009)

Aportes al Plan de Trabajo 2009-2010 de la Comisión de Pueblos Andino, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología

Sesión del 01 de setiembre de 2009
Muchas gracias. Cierto es que todo Plan de Trabajo ya no es un plan de trabajo cerrado, la planificación cerrada y centralizada ya acabó, ahora todo tipo de plan son flexibles precisamente por la propia dinámica del trabajo de la comisión.
De manera que este plan debe estar abierto para que en cualquier momento del transcurso de la legislatura puedan incorporarse nuevos temas, según la naturaleza y la trascendencia de los temas en las cuales se quiere concentrar la comisión.
Me parece muy importante que el ejercicio de control político se vaya entendiendo poco a poco, que es distinto a la fiscalización. El control político es controlar políticas públicas, cuando viene el ministro de Estado al pleno o a la comisión anuncia una serie de medidas de su sector, de aquí se va en medio de aplausos y nunca sabe si realmente esas metas se van cumpliendo, ni cuales son las herramientas de gestión para ir midiendo si realmente esas metas se tienen que cumplir.
Entonces, creo que el ejercicio de control político es básico y fundamental, y no va a dar elementos para tener una línea de base de información de cómo caminan las cosas.
Por ejemplo, me animo a sugerir a la presidencia de la comisión de que encargue al INEI que nos haga un trabajo sobre los diez o doce derechos fundamentales de las comunidades, y que sobre esa base podamos ir midiendo vía indicadores cómo van dando resultados en seis meses, en un año, en dos años y en tres años. Cierto es que el INEI así como lanza cada mes su información sobre la inflación, sobre el PBI, sobre el crecimiento de los sectores, la política de endeudamiento público, la política monetaria, todo el desenvolvimiento económico, en esa misma dimensión hay que exigirle que arme un software sobre derechos sociales. Y cuando digo derechos sociales, es cierto uno está hablando de millones de peruanos.
Pero, fundamentalmente, si queremos hacer un trabajo muy efectivo, el tema de las comunidades campesinas y las comunidades nativas debe merecer por parte del INEI una atención muy especial.
Solo ahí vamos a ir conociendo de dónde estamos partiendo, dónde estamos, en qué está flaqueando la política y cuál es el aporte que puede y debe hacer esta comisión en cuanto a legislación complementaria. Porque de repente, sacamos 50 leyes y entrampamos más la normatividad, que se hace engorroso, que merece una atención más burocrática y de verdad los derechos en su cumplimiento se vuelven un problema engorroso: de anuencias, de opiniones, de sellos, y una serie de cosas que van entrampando y van retrasando la aplicación de las políticas públicas.
Por eso creo que es muy importante, Presidenta, el ejercicio de control político.
Y un segundo tema el ejercicio de la representación. La representación de nosotros en otros países es sagrada, es sagrada, precisamente un congresista viene con el respaldo de 120, 15,. 20, medio millón de votos a ejercer su función de representación, y en el ejercicio de esa función sagrada de representación no puede haber ningún tipo de limitaciones ni cortapisas de ningún tipo de orden, precisamente para ejercer plenamente la representación política de ese pueblo.
En consecuencia, si eso es así, hay que establecer un mecanismo cómo tener una relación directa y permanente de esta comisión con las comunidades, independientemente que va desarrollando su trabajo el Poder Ejecutivo, que me parece bien las mesas de diálogo, ahí veo que Javier Velásquez ha instalado una comisión de gestión de conflictos, los propios sectores, en fin, tienen su propia dinámica.
Pero el Congreso debe tener su propia dinámica y debe tener su propia metodología de hacer las cosas. De manera que cuando sancionamos una ley, francamente esa ley sea útil, útil de verdad a la gente para la cual queremos legislar. Y que no le complique más la vida en trámite más burocrático, más engorrosos y que entrampan la posibilidad que el Estado pueda cumplir con los derechos de las comunidades.
De manera que este plan me parece muy bien, hay que considerarlo como un plan flexible y que en cualquier momento los congresistas estamos en la libertad de incorporar nuevos temas a este plan de manera de enriquecer el trabajo de la comisión.
Gracias

miércoles, 9 de septiembre de 2009

PONENCIA EN APOYO A LA PROVINCIALIZACIÓN DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

"BALANCES Y PERSPECTIVAS DE DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN DE LURIGANCHO"

Por:
CÉSAR ZUMAETA FLORES

Lima, agosto 2009

i. Consideraciones Preliminares
Desde su creación, el distrito de San Juan de Lurigancho mediante Ley 16382 del 13 de enero de 1967, ha mostrado un gran potencial para desarrollar fuerzas productivas y de crecimiento económico, producto del dinamismo de su población y que ha progresado comunitariamente sobre la base del trabajo honesto, comunitario y espíritu emprendedor de sus habitantes.
San Juan de Lurigancho ya debe estar llegando al millón de habitantes, conforme a la tasa de crecimiento que muestran los diversos censos oficiales, especialmente, de los años 2005 y 2007.
Con ello, SJL contiene al 11,8% de la población de Lima y su volumen poblacional es cercano o mayor a departamentos como Amazonas, Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Moquegua, etc.
Actualmente, las provincias del departamento de Lima son: Barranca, Cajatambo, Canta, Cañete, Huaral, Huarochiri, Huaura, Lima, Oyon y Yauyos.
Actualmente, SJL esta dividido en 8 zonas y 27 comunidades. Las urbanizaciones y localidades más representativas del distrito son: Huáscar, Mangomarca, Inca Manco Capac (Manco Inca), Zárate, Las Flores de Lima , Cooperativa Las Flores, Chacarilla, Canto Grande, Canto Rey, Mariscal Cáceres, J. C. Mariátegui, Motupe, Caja de Agua, Huayrona, Campoy, Casablanca, Montenegro, Sauces, Villa Flores, Huanta, San Hilarión, Santa María, San Ignacio, San Silvestre y Bayóvar.
De convertirse en Provincia SJL, tiene que crearse necesariamente DISTRITOS para que sustenten su división política y den mayor dinamismo a su administración. La formula legal de la Dirección de Demarcación Territorial de la PCM propone la creación de cuatro (4) distritos: Zarate (distrito Cercado), Los Jazmines, Los Nogales y Villa San Antonio, propuesta que será debatida cuando el tema sea aprobado por el Poder Ejecutivo y enviado al Congreso de la República en su debido momento.
Con estas consideraciones y atendiendo a las áreas de desarrollo que ha tenido SJL en los últimos años, podemos esbozar que sus perspectivas de desarrollo al convertirse en provincia son reales y deben centrarse en 3 grandes acciones, además de asumir eficazmente las competencias que le señala la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 27972), en el caso de convertirse en provincia.

ii. Perspectivas de desarrollo
Las perspectivas de desarrollo, en nuestra opinión, para la provincia de SJL se consolidarán en:

Promoción y desarrollo de zonas comerciales y MYPES
Promoción y consolidación de la actividad TURÍSTICA
Eficacia y eficiencia en el uso de los recursos presupuestarios, FONCOMUN y otros que perciba la nueva provincia.
Dado que SJL es netamente urbana, sus posibilidades de acceder a mayores recursos sobre la base de concesiones por explotación de recursos naturales (canon) son pocas o nulas se hace necesario que las autoridades locales estén a la altura del desafío de administrar una circunscripción provincial de forma eficiente.

iii. Economía y Comercio
Las actividades socio-económicas han elevado el dinamismo de San Juan de Lurigancho y lo han consolidado como un distrito progresista, en el cual se han enclavado pequeñas y medianas empresas, compuestas por actividades de comercios, servicios e industrias de transformación de los insumos provenientes de cadenas productivas que generan valor agregado a actividades complementarias.
Actualmente, un claro ejemplo de progreso de la nueva clase media limeña se puede observar en zonas urbanizadas como Las Flores de Lima, Mangomarca, Zárate, San Silvestre, Villaflores, Canto Grande y demas urbanizaciones mientras que la pobreza distintivamente se ubica casi en su totalidad en las zonas altas y perimétricas (cerros que bordean el distrito y son limites distritales).
Las MYPES tienen y tendrán, en el desarrollo de la provincia de SJL, un rol esencial para crear empleo para los propios habitantes del distrito y dejar de convertir a SJL en una ciudad-dormitorio. Según datos del 2003 (Municipalidad de San Juan de Lurigancho) el distrito tenía 13, 613 MYPES.
La estructura económica está compuesta primordialmente por la industria de los textiles, confecciones, muebles y calzado, existiendo en el distrito un promedio de 1,225 fábricas.
En cuanto a industrias, en SJL se encuentran ubicados empresas que actualmente exportan como son Topy Top S.A, Hilandería de Algodón Peruano S.A y Filasur S.A dedicadas a la actividad de textiles y confecciones, Topy Top, Kansas, Pieers y Custer; Cerámica Lima S.A que tiene como actividad la minería no tradicional, Exportatimo S.A.C dedicada a la fabricación de muebles tipo artesanal e Hidrostal S.A dedica a la actividad metalmecánica, llegando SJL a exportar aproximadamente 109’816,170 millones de dólares al año 2004.
Según la información de la SUNAT (año 2003), en San Juan de Lurigancho se ha registrado un total de 95,466 contribuyentes, convirtiéndolo en un distrito de grandes oportunidades, con una alta concentración de MYPES en las ramas productivas de industria, servicio y comercio.

En promedio, SJL tiene una capacidad exportadora de 130 millones de dólares anuales, cifra similar a toda la región Lambayeque, lo que demuestra su gran potencial para explotar cuando se consolide como provincia.
La inversión en el sector Retail ya comenzó a incursionar debido a la fuerte demanda de los habitantes de SJL. Además los créditos directos en el distrito son de S/. 240 millones, cifra mayor a la registrada en Los Olivos y Villa El Salvador con S/. 169 millones y S/. 84 millones respectivamente según cifras de la SBS (nov 2007) y existen depósitos de ahorro por más de S/. 170 millones, con depósitos a la vista por S/. 47 millones.
Actualmente existen locales en SJL de comida como Rústica, El Padrino, McDonald's, Domino's Pizza, Roky's, Norky's.
Locales Financieros como los bancos Scotiabank, Interbank, Banco de la Nacion, Ripley, Falabella, Continental, Crédito, Financiero.
Locales de Tiendas y grandes almacenes como Supermercado Candy, Plaza Vea (cadenas peruanas), Pieers Oulet, Hipermercado Metro, Mayorsa, Elektra, Curazao, Carsa, Ripley.

Asimismo debemos recordar que la V Cumbre de América Latina, El Caribe y la Unión Europea (ALC-UE) permitió que en 2008 las MYPES de San Juan de Lurigancho dieran a conocer sus productos para al exportación. Más de dos mil MYPES de los rubros artesanía y textilería.

iv. Actividad Turística
SJL debe potenciar en caso se convierta en Provincia, sus atractivos turísticos, aprovechando su cercanía al centro histórico de Lima Metropolitana.
Tiene como oferta turística los siguientes:
Geoglifos de Canto Grande (Figuras con piedras sobre la tierra donde ejecutaban posiblemente danzas o competencias a modo de rituales. Estas líneas son 2000 años más antiguas que las de Nasca).
Huaca de Mangomarca (Fue uno de los centros políticos más importantes de la margen derecha del valle bajo del Rímac. Esta es la capital del curacazgo Lurigancho, lugar de residencia de los señores que gobernaron este territorio).
Fortaleza de Campoy – Huaca (Fue un centro administrativo que le seguía en importancia a Mangomarca, dentro de sus altos muros vivía la elite que controlaba esta zona)
Pirámide de Nievería (Patrimonio cultural legado de la cultura lima, ubicado en la zona arqueológica de cajarmarquilla en el valle del Rimac).
Huaca de Canto Chico (Actualmente la Huaca de Canto Chico se encuentra en parte restaurada por los pobladores de Residencial Kawachi que viven a sus alrededores, a quienes se les confió el cuidado por la INC).
Los recursos que obtenga la provincia de SJL deberán ser destinados en gran medida a poner en valor dichos patrimonios, además de otras zonas ecológicas que, actualmente, están por desaparecer como, por ejemplo, las lomas de Mangomarca (extensa zona que se cubre de un verdor natural durante los meses de invierno, lamentablemente sin un adecuado proyecto de reforestación, protección y delimitación esta área verde natural podría desaparecer).
Conforme al artículo 91º de la LOM (ley 27972), las municipalidades provinciales, en coordinación con el Instituto Nacional de Cultura o a su solicitud, pueden establecer limitaciones especiales por la necesidad de conservación de zonas monumentales y de edificios declarados monumentos históricos o artísticos.

v. Funciones como municipalidad provincial
Conforme la Ley 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades) en su artículo 73º el rol de las municipalidades provinciales comprende:
(a) Planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, recogiendo las prioridades propuestas en los procesos de planeación de desarrollo local de carácter distrital.
(b) Los planes referidos a la organización del espacio físico y uso del suelo que emitan las municipalidades distritales deberán sujetarse a los planes y las normas municipales provinciales generales sobre la materia.
(c) Promover, apoyar y ejecutar proyectos de inversión y servicios públicos municipales que presenten, objetivamente, externalidades o economías de escala de ámbito provincial; para cuyo efecto, suscriben los convenios pertinentes con las respectivas municipalidades distritales.
(d) Emitir las normas técnicas generales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo así como sobre protección y conservación del ambiente.
Asimismo, conforme al artículo 79º, 80º, 81º, 83º, 84º, 85º, 86º de la Ley 27972, SJL de ser provincia tendrían las funciones específicas exclusivas en:
Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental.
Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial.
Pronunciarse respecto de las acciones de demarcación territorial en la provincia.
Aprobar la regulación provincial respecto del otorgamiento de licencias y las labores de control y fiscalización de las municipalidades distritales en las materias reguladas por los planes de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano. (Otorgamiento de licencias de construcción, remodelación o demolición, Elaboración y mantenimiento del catastro urbano y rural, Reconocimiento, verificación, titulación y saneamiento físico legal de asentamientos humanos).
Autorizaciones para ubicación de anuncios y avisos publicitarios y propaganda política.
Fiscalizar el cumplimiento de los Planes y normas provinciales sobre la materia, señalando las infracciones y estableciendo las sanciones correspondientes.
Diseñar y ejecutar planes de renovación urbana.
Como función compartida con el gobierno regional, las municipalidades provinciales pueden ejecutar directamente o concesionar la ejecución de las obras de infraestructura urbana o rural de carácter multidistrital que sean indispensables para la producción, el comercio, el transporte y la comunicación de la provincia, tales como corredores viales, vías troncales, puentes, parques, parques industriales, embarcaderos, terminales terrestres, y otras similares, en coordinación con las municipalidades distritales o provinciales contiguas; de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Desarrollo Regional.
En materia de saneamiento, salubridad y salud:
Regular y controlar el proceso de disposición final de desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito provincial.
Regular y controlar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente.
En materia de tránsito, vialidad y transporte público
Normar, regular y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial.
Normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia.
Normar, regular, organizar y mantener los sistemas de señalización y semáforos y regular el tránsito urbano de peatones y vehículos.
Normar y regular el transporte público y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, así como regular el transporte de carga e identificar las vías y rutas establecidas para tal objeto.
Promover la construcción de terminales terrestres y regular su funcionamiento.
Normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos, y otros de similar naturaleza.
Otorgar autorizaciones y concesiones para la prestación del servicio público de transporte provincial de personas en su jurisdicción.
Otorgar certificado de compatibilidad de uso, licencia de construcción, certificado de conformidad de obra, licencia de funcionamiento y certificado de habilitación técnica a los terminales terrestres y estaciones de ruta del servicio de transporte provincial de personas de su competencia, según corresponda.
Supervisar el servicio público de transporte urbano de su jurisdicción, mediante la supervisión, detección de infracciones, imposición de sanciones y ejecución de ellas por incumplimiento de las normas o disposiciones que regulan dicho servicio, con el apoyo de la Policía Nacional asignada al control de tránsito.
Instalar, mantener y renovar los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción, de conformidad con el reglamento nacional respectivo.

En materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios
Regular las normas respecto del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas nacionales sobre la materia.
Establecer las normas respecto del comercio ambulatorio.
En materia de programas sociales, defensa y promoción de derechos
Planificar y promover el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales, de manera concertada con las municipalidades distritales de su jurisdicción.
Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de niños y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores. Así como de los derechos humanos en general, manteniendo un registro actualizado.
Regular las acciones de las Defensorías Municipales de los Niños y Adolescentes, DEMUNA, adecuando las normas nacionales a la realidad local.
Ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demás programas de apoyo alimentario con participación de la población y en concordancia con la legislación sobre la materia, cuando la municipalidad distrital no pueda asumir dicha función.
Establecer canales de comunicación y cooperación entre los vecinos y los programas sociales.
Contar con un registro actualizado de organizaciones juveniles de la provincia, así como de su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del gobierno local.
Crear una oficina de protección, participación y organización de los vecinos con discapacidad, como un programa dependiente de la Dirección de Servicios Sociales.

En materia de seguridad ciudadana
Establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional, y normar el establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares, de nivel distrital o del de centros poblados en la jurisdicción provincial, de acuerdo a ley.
Ejercer la labor de coordinación para las tareas de defensa civil en la provincia, con sujeción a las normas establecidas en lo que respecta a los Comités de Defensa Civil Provinciales.
En materia de Promoción del Desarrollo Económico Local
Diseñar un plan estratégico de desarrollo económico local sostenible y un plan operativo anual, e implementarlos en función de los recursos disponibles y de las necesidades de la actividad empresarial de la provincia, según diagnóstico económico de su jurisdicción.
Flexibilizar y simplificar los procedimientos de obtención de licencias y permisos en el ámbito de su jurisdicción, sin obviar las normas técnicas de seguridad.
Mantener un registro de las empresas que operan en su jurisdicción y cuentan con licencia municipal de funcionamiento, definitiva o provisional, consignando expresamente el cumplimiento o incumplimiento de las normas técnicas de seguridad.
Concertar con el sector público y el privado la elaboración y ejecución de programas de apoyo al desarrollo económico local sostenible en su espacio territorial.
vi. Mayor capacidad administrativa para disponer y distribuir el FONCOMUN asignado como provincia
La municipalidad de San Juan de Lurigancho se encuentra tercera en la lista de municipios que recibieron mayor monto del Foncomún asignado al primer semestre del 2009 con 18 millones. De convertirse en Provincia, es previsible que esta suma aumente considerablemente.
La lista de los municipios que reciben los mayores montos del Foncomun asignado al primer semestre del 2009, la encabeza la Municipalidad Provincial de Lima, con más de 38 millones de nuevos soles. Le siguen la Municipalidad Provincial de Piura (20 millones) y la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho (18 millones).
Según el Ministerio de Economía y Finanzas, el 23% del presupuesto de las municipalidades del país se financia con el Foncomun, lo que demuestra que dicho fondo cumple un papel muy importante, y será aún más si se establece condiciones atadas al cumplimiento de metas y eficiencia en la gestión, como vienen trabajando ya algunos municipios.
Foncomun ha crecido en 87% en los últimos seis años, y en el 2009 su monto total ascendería a S/. 3,350 millones de nuevos soles, cifra que representa un incremento solo del 3% con respecto al 2008. Sin embargo, cabe resaltar aquí las declaraciones del Presidente García del 22 de agosto de 2009 respecto a que el Gobierno prevé aumentar el Fondo de Compensación Municipal (Foncomun) de 2 a 4 por ciento para el año 2010.
Siguiendo con esta política permanente de apoyo, el 17 de julio de 2009 el Presidente Alan García entregó los cheques por concepto de devolución de fondos por detracciones al Fondo de Compensación Municipal (Foncomún). A la Municipalidad de San Juan de Lurigancho le correspondió la suma de 6 millones 222 mil 836.52 nuevos soles.
vii. Mayor acción política de autoridades en decisiones regionales y en denuncias jurisdiccionales
El Alcalde Provincial de SJL, conforme al artículo 191º de la Constitución Política y artículo 11-A de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley 27867, tendría derecho a integrar el Consejo de Coordinación Regional.
Asimismo, conforme al artículo 203º numeral 6 de la Constitución Política, el Alcalde Provincial de SJL estaría facultado para interponer acción de inconstitucionalidad con acuerdo de su Concejo, en materias de su competencia.
Por último, el jueves 03 de setiembre fue aprobada, en segunda votación, el dictamen del proyecto de ley de creación del DISTRITO ELECTORAL DE LIMA PROVINCIAS. Esta modificación es muy importante para San Juan de Lurigancho, pues con ello las posibilidades de que la futura PROVINCIA DE SJL cuente con un representante en el Congreso de la República se hacen más reales si consideramos su población electoral.
En efecto, la creación del distrito electoral de Lima provincias, permitirá a los ciudadanos de las provincias del departamento de Lima, tener representación en el Congreso de la República.

vi. Retos para la provincia de San Juan de Lurigancho
Debe revertir su condición de ser, aparte de uno de los distritos más grande y poblado del país, también de ser uno de los más pobres. La pobreza se estima en 24% aproximadamente y lo convierte en el distrito con mayor número de pobres en Lima, en relación a otros, pero a la vez es el que posee mayor cantidad de personas menos pobres con un estimado de 76%.
En la actualidad a San Juan de Lurigancho se le considera como uno de los distritos con alto índice de problemas sociales y de infraestructura por resolver.
La población de San Juan de Lurigancho presenta bajos niveles de instrucción, sólo el 26.59% de la población alcanza la educación primaria y el 47.08% la educación secundaria; el acceso a la educación superior no universitaria esta en un 10.21% y el de educación universitaria 9.19% de la población.

viii. Conclusiones:
Con la fuerza poblacional y las cifras de crecimiento productivo y de emprendedores es que San Juan de Lurigancho ha alcanzado el dinamismo que lo califica como un distrito progresista que debe elevarse a PROVINCIA para impulsar su crecimiento.
De convertirse SJL en provincia sería el más inmediato y cercano a Lima Metropolitana, situación que le brindaría una fortaleza para que, con sus nuevos recursos presupuestales y calidad de provincia, pueda incrementar las energías para el impulso de sus MYPES, comercio exterior y oferta de bienes turísticos o con valor agregado.
San Juan de Lurigancho es un pueblo pujante y con una visión de desarrollo que lo alienta en convertirse en el primer polo de desarrollo empresarial, turístico y cultural de la gran metrópoli, situación que se impulsaría con su elevación a provincia.

Muchas Gracias.
(evento realizado el domingo 6 de setiembre de 2009 en el distrito de San Juan de Lurigancho)

martes, 8 de septiembre de 2009

LEGISLATURA 2009-2010 (Comisiones que integra el Congresista César Zumaeta Flores)

Cargos para la Legislatura 2009-2010:
  • Miembro titular del CONSEJO DIRECTIVO
  • Miembro titular de la COMISION DE ECONOMIA, BANCA, FINANZAS E INTELIGENCIA FINANCIERA
  • Miembro titular de la COMISION DE PUEBLOS ANDINOS, AMAZONICOS, ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE
  • Miembro titular de la COMISION ESPECIAL DE PROINVERSION
  • Miembro accesitario de la COMISION AGRARIA
  • Miembro accesitario de la COMISION DE VIVIENDA Y CONSTRUCCIÓN